¿Se puede conseguir una nota simple gratis?
No, la nota simple no es gratis: tiene un arancel de 3,005061 € por finca fijado por el Real Decreto 1427/1989. Lo que sí puedes consultar sin pagar es el Catastro, que no dice nada de las cargas.
Qué cuesta y por qué
La nota simple no se vende: se devenga. El importe está en el número 4.f del anexo I del Real Decreto 1427/1989, y es el mismo en toda España. Nadie puede cobrarte menos por el documento en sí, y nadie lo regala, porque no es suyo.
Merece la pena detenerse en el verbo, porque explica el resto de la página. Un precio se pone; un arancel se devenga cuando se hace el trabajo que la norma describe. Por eso nadie negocia este importe hacia abajo, y por eso tampoco cambia si tu finca tiene diez cargas o ninguna: el número 4.1.f del Real Decreto 1427/1989 dice «cualquiera que sea el número de asientos que contenga el folio registral».
Tienes además una forma de comprobar qué te han cobrado, y está impresa en tu propio documento. La norma quinta del anexo II del Real Decreto 1427/1989 obliga a hacer constar «el importe de los derechos devengados, la base tenida en cuenta para su cálculo y los números del Arancel aplicados» al final de la nota informativa. Mira el pie del documento y compara ese número con lo que pagaste.
Lo que sí varía es lo que cobra encima quien hace el trámite por ti. Eso está en cuánto cuesta de verdad, con la cifra de cada vía y su fecha.
Qué sí puedes consultar sin pagar
El Catastro ofrece una consulta descriptiva y gráfica de cada finca. Te da la referencia catastral, la superficie catastral, el uso, el año de construcción y la parcela dibujada sobre el plano.
Es útil y es real. Pero conviene tener muy claro qué no trae, porque es exactamente lo que necesitas antes de comprar:
- No dice quién es el titular registral.
- No dice si hay una hipoteca viva.
- No dice si hay un embargo anotado.
- No dice si hay servidumbres.
- No dice si hay afecciones fiscales pendientes.
El Catastro describe la finca por fuera. El Registro dice de quién es y qué pesa sobre él. Son dos bases de datos con dos trabajos distintos, y por eso una diferencia de superficie entre las dos es normal y no es un error.
Hay una segunda cosa que puedes hacer sin pagar y que mucha gente ignora: preguntar. El apartado 7 del artículo 222 de la Ley Hipotecaria obliga a los registradores a informar «a cualquier persona que lo solicite en materias relacionadas con el Registro», y precisa sobre qué: «sobre los medios registrales más adecuados para el logro de los fines lícitos que se propongan quienes la soliciten». Si dudas entre una nota simple y una certificación, esa consulta es un deber que la ley les impone.
Y una tercera, la más barata de todas: leer lo que ya tienes. La escritura de compraventa lleva los datos registrales de la finca, y el recibo del IBI lleva la referencia catastral. Con cualquiera de los dos ya no dependes de que quien vende te dé el CRU.
El único caso sin coste que contempla el arancel
Existe, y conviene decir exactamente cuál es para que nadie salga de aquí con una idea equivocada. El número 4 del anexo I del Real Decreto 1427/1989 dice que no devengarán derechos «las certificaciones negativas expedidas en virtud de mandamiento dictado en expediente de justicia gratuita para personas físicas, o las de cualquier tipo que éstas soliciten en tanto estén disfrutando del beneficio concedido».
Léelo con cuidado, porque dice menos de lo que parece. Habla de certificaciones, no de notas simples, y está atado al reconocimiento del derecho a la justicia gratuita, que es un procedimiento aparte. No es una vía para quien está comprando un piso y quiere ahorrarse el arancel.
Es, eso sí, el único supuesto de exención que el propio arancel enuncia. Todo lo demás que se anuncie como gratuito no sale de esta norma.
Por qué una nota simple «gratis» no existe
Cuando una web anuncia una nota simple gratuita suele referirse a otra cosa: a una consulta catastral, a una estimación, o a un primer paso que termina en un formulario de pago. Merece la pena leer qué documento se entrega exactamente y con qué arancel.
La comprobación honesta es sencilla: si el documento no cita el Registro de la Propiedad y no lleva código de verificación, no es una nota simple.
Dos preguntas más, y se responden antes de dar ningún dato. ¿Aparece el nombre del documento? «Nota simple informativa» es un nombre concreto que la Ley Hipotecaria usa en su artículo 222; «informe de la vivienda» o «análisis registral» no lo son. Y ¿aparecen las cargas? Un documento que no tiene un apartado de cargas no puede decirte lo único que has venido a saber.
Lo más barato de verdad
Lo más barato es la vía oficial, porque paga el arancel y nada más. Lo segundo más barato de lo verificado es AnalizaTuPiso a 13,00 €, con el IVA incluido según su propia página, consultada el 26 de agosto de 2026.
Qué te da cada vía y qué te pide a cambio →
Y si lo que quieres es entender lo que vas a leer: qué es una nota simple, o directamente cómo pedirla.
Fuentes
- Real Decreto 1427/1989 · 26 de agosto de 2026
- Ley Hipotecaria · 26 de agosto de 2026
Nuria Vidal
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